Asuntos propios


Los operarios tendrán dos días de asuntos propios al año.

En caso de empleados eventuales podrán solicitar los dos días de asuntos propios, pero en caso de no generar el derecho al disfrute de esos días, se podrán descontar en la nómina. Es decir, si no ha trabajado más de 6 meses no le correspondería un segundo día de asuntos propios y se le descontaría en su li quidación final del contrato.

Plazo: 24 horas en casos excepcionales. Tendrá un plazo de 10 días para solicitar el/los día/s siendo el miércoles anterior a la semana de disfrute la fecha máxima para solictarlo:


Ejemplo:

L     M     X      J      V      S     D
                         1      2       3     4
5      6       7      8      9      10    11                    Si se quiere solcitar el día 20 tendrá como plazo para
12    13    14    15    16     17    18                    solicitarlo del 05 al 14 de Marzo.
19    20    21    22    23     24    25
26    27    28    29    30     31




L     M      X     J      V       S      D
                         1      2        3      4
5      6       7      8      9       10    11                  Si se solicita el 29 de Marzo tendrá de plazo para
12    13    14    15    16      17    18                  solcitarlo del 12 al 21 de Marzo.
19    20    21    22    23      24    25
26    27    28    29    30      31


El personal podrá solicitar antes de irse de vacaciones o de disfrutar el exceso de jornada el/los día/s de asuntos propios para disfrutarlo/s en la semana posterior a su vuelta de vacaciones.


Al ser el miércoles anterior a la semana de disfrute el último día para solicitarlo, la respuesta de si nos han concedido el día o no la recibiremos el viernes de dicha semana, mediante un correo electrónico que le harán llegar al encargado o llamando directamente a RR-HH.


Criterios para la aprobación:

Deberan ser presentadas en plazo y forma

- La concesión de días libres en compesación por horas extras, días de asuntos propios y/o cambio de días blancos se realizará como máximo por equipo de un 10% si se trata de lunes o martes y de un 15% si se trata del resto de la semana.

- Los días resultantes podrán ser disfrutados de manera continua, no pudiendo unirse ni al final de las vacaciones ni al final del exceso de jornada (días blancos) , sí al principio.


En el caso de que exista un número de personas que supere los límites indicados que pretendan disfrutar en un mismo día uno de los permisos mencionados anteriormente, tendrá preferencia para su concesión:

1. Quien no haya disfrutado ningún día de asuntos porpios, balnco movil y compensación de horas extras en el año en curso.

2. Quien no haya cometido ninguna flata injustificada en el año natural.

3. Quien haya presentado la solicitud en prmier lugar.

4. Quien acredite mayor antiguedad.


Los días de asuntos propios, blanco móvil y horas extras cumpliendo los critérios de concesión :

* Podrán unirse a otro día de asuntos propios.

* Podrán unirse a otro día blanco.

* Podrán unirse a otro día de horas extras.

* Podrán solicitarse antes del periodo vacacional y de excesos de jornada.

* Podrán unirse a festivos y puentes.

* Podrán solictarse cualquier día de la semana.

* Podrán unirse todos los permisos mencionados independientemente del número de días a disfrutar.

* Podrán solicitarse cualquier mes del año cumpliendo los límites fijados.


Aprobación:

El departamente de RRHH después de recoger todas las solicitudes y haber sguido los criterios para su concesión, presentará un listado de todas aquellas solicitudes que son aprobadas y denegadas a los encargados y jefes de área.